"...Según reiterada jurisprudencia, el principio de no discriminación exige que no se traten de manera diferente situaciones comparables y que no se traten de manera idéntica situaciones diferentes, a no ser que dicho trato esté objetivamente justificado..."
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Décima)
de 14 de septiembre de 2016
Han tenido que venir de fuera, a decir que nuestras leyes son injustas y desiguales. Nos han dicho que no se pueden encadenar contratos temporales para cubrir puestos estructurales en la administración. Nos ponen día si, día también la cara "colorá" sentencia tras sentencia.....
Y aún no hemos escuchado a ningún (i)rresponsable de la cosa valorar nada. Como Tancredos se mantienen incólumes atentos a que el tiempo vaya cubriendo todo con su manto de olvido.
Sólo nos faltaría a estas alturas escuchar al señor Rivera decir que esto le da la razon en el contrato único...
LA REBOTIKA
@El_Botika Viñeta
@romerojl Texto
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